Profesionales de la salud, expertas internacionales y organizaciones de mujeres apoyan el nuevo reglamento de objeción de conciencia

Diversas organizaciones y expertas internacionales han presentado un escrito ante la Contraloría General de la República este jueves 22 de agosto de 2024, defendiendo la legalidad del Decreto N° 22 del Ministerio de Salud que regula la objeción de conciencia en la interrupción del embarazo en tres causales.

La Corporación Miles, respaldada por profesionales de la salud y organizaciones diversas, ha presentado un «Téngase presente» ante la Contraloría General de la República, reafirmando la legalidad y constitucionalidad del Decreto N° 22 del Ministerio de Salud. Este decreto, que modifica el Decreto Supremo N° 67 de 2018, establece disposiciones clave para regular el ejercicio de la objeción de conciencia en el contexto de la Interrupción Voluntaria del Embarazo (IVE), conforme al artículo 119 Ter del Código Sanitario.

“La Ley de Interrupción Voluntaria del Embarazo cumple siete años, pero aún hay hospitales públicos sin médicos dispuestos a realizar interrupciones por violación, lo que constituye una violación de derechos y un mal uso de recursos públicos. La modificación del reglamento busca asegurar que los servicios de salud cumplan su propósito y estén disponibles para todas las mujeres”, menciona Javiera Canales, directora ejecutiva de Miles.

La presentación de este escrito cuenta con el apoyo de destacadas agrupaciones de profesionales de la salud, como la Asociación Ginecólogas Chile, lo que subraya su relevancia y la necesidad de contar con un marco regulador que garantice la disponibilidad de servicios de salud sexual y reproductiva en todo el país. Claudia Santiago, presidenta del directorio de Ginecólogas Chile, destaca: «Nos interesa mucho el tema de la objeción de conciencia, ya que es quizás la única prestación de salud legal y legítima donde el Estado y el sistema de salud fallan gravemente. La IVE en tres causales es una prestación de salud más, y las barreras que enfrentan las mujeres son una falla del sistema sanitario completo. Es sorprendente cómo se normaliza la falta de medicamentos para un aborto médico seguro y el exceso de objetores de conciencia, que debería ser una excepción. Estos obstáculos solo aumentan el sufrimiento de niñas, adolescentes y mujeres. Esperamos que las nuevas guías clínicas corrijan estas falencias y fortalezcan el sistema sanitario, respetando la autonomía de las mujeres para decidir.»

Este respaldo muestra que el sector salud reconoce la importancia de que la objeción de conciencia no obstaculice el acceso a la IVE. Teresa Valdés, del Observatorio de Género y Equidad, comenta: “La Ley IVE de 2017 fue un avance en los derechos de las mujeres, pero su implementación ha enfrentado barreras, especialmente para adolescentes víctimas de violación, siendo la objeción de conciencia la mayor. Es deber del Estado eliminar estas barreras. Apoyamos los argumentos de Miles ante la Contraloría y solicitamos una pronta aprobación del Decreto N° 22.”

“Desde el Centro de Derechos Reproductivos respaldamos, junto a Miles, el Decreto N° 22 del Ministerio de Salud de Chile. Recordemos que ya la Organización Mundial de la Salud ha reconocido que la objeción de conciencia no debe obstaculizar el acceso a servicios de aborto de calidad y que, por demás, esta no se debe entender como un derecho institucional. También el Sistema Interamericano de Derechos Humanos se ha pronunciado en varias ocasiones en la misma línea, así que esperamos que Chile siga avanzando en garantizar el acceso a la IVE”, señaló Catalina Martínez Coral, vicepresidenta para América Latina y el Caribe del Centro de Derechos Reproductivos.

Miles subraya que el derecho internacional de los derechos humanos, al cual Chile está obligado, exige que los servicios de salud sexual y reproductiva sean accesibles y de calidad. La modificación del reglamento se presenta como una medida necesaria para cumplir con estos estándares internacionales y asegurar que las personas en todo el país puedan acceder a servicios de salud esenciales. Esta vinculación con el derecho internacional refuerza la legitimidad del reglamento propuesto, posicionándolo no solo como un instrumento legal dentro del marco nacional, sino también como una obligación de cumplimiento de los estándares globales en derechos humanos.

La Corporación Miles, con el respaldo de profesionales de la salud, asociaciones de profesionales, expertas internacionales y organizaciones de mujeres, reafirma que el Decreto N° 22 es una herramienta legal y constitucional necesaria para garantizar la disponibilidad de la IVE en todo el territorio nacional. Este reglamento permite al Estado chileno cumplir con su obligación de asegurar el derecho a la salud sexual y reproductiva, garantizando que los servicios estén disponibles y accesibles para todas las personas que lo necesiten.

Para revisar el «Téngase presente» presentado por la Corporación Miles en su totalidad, puede acceder al documento completo aquí:  Miles – escrito objeción de conciencia para Contraloría